Titulaciones

Para poder ejercer la medicina en España es necesario estar en posesión del título de Licenciatura en Medicina o título de especialidad, expedido por las autoridades competentes de un Estado no miembros de la Unión Europea.

Los dos procesos a realizar:

Homologación de títulos extranjeros de educación superior a títulos universitarios españoles de Grado o Máster que den acceso a profesión regulada en España.

La homologación de un título extranjero a un título español que permita el acceso a una profesión regulada, conllevará la posibilidad de ejercicio de la profesión regulada de que se trate en las mismas condiciones de los poseedores de los títulos españoles que habiliten para tal ejercicio.

Para mayor información de cómo realizar el proceso, consulte las siguiente web:

http://www.educacion.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/gestion-titulos/estudios-universitarios/titulos-extranjeros.html

 

Reconocimiento de títulos extracomunitarios.

El reconocimiento en España de efectos profesionales a los títulos de especialista obtenidos en Estados no miembros de la Unión Europea, se lleva a cabo por el procedimiento regulado en el Real Decreto 459/2010 de 16 abril, que desarrolla el artículo 18 de la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias.

Para mayor información de cómo realizar el proceso, consulte las siguiente web: http://www.msc.es/profesionales/formacion/recoTitulosExtra.htm